Rehabilitación Inclusiva: ¿Quiénes pueden acceder a los programas de Rehabilitación Inclusiva?
- Personal activo, retirado o pensionado de las fuerzas con discapacidad.
- Beneficiarios de los miembros de la Fuerza Pública mayores de edad con discapacidad.
- Veteranos, Veteranos de Corea.
- Miembros de la Fuerza Pública activos o retirados que accedan a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
- Miembros de la Fuerza Pública que se encuentren en transición a la vida civil o en proceso de retiro.
- Lesionados bajo las circunstancias previstas en los literales A,B,C,D del artículo 24 del decreto 1796 de 2000 sin importar la pérdida de capacidad psicofísica otorgada por la junta médica laboral.
- Víctimas militares y de Policía.
- Personal civil con discapacidad del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Militares.
- Personal no uniformado con discapacidad de la Policía Nacional vinculados con anterioridad a la vigencia de la Ley 100 de1993, que se encuentren en el servicio activo o retirado de la institución.
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