Comunicado Oficial

Última actualización: viernes, noviembre 18 de 2022

COMUNICADO OFICIAL

La Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva del Ministerio de Defensa Nacional, se permite dar a conocer a la opinión pública que respecto del caso de reconocimiento y pago de la pensión de invalidez a favor de la Mayor (r) del Ejército Nacional y hoy Magistrada de la Honorable Corte Suprema de Justicia, CRISTINA EUGENIA LOMBANA VELÁZQUEZ, ésta se encuentra amparada según lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 1157 de 2014 y artículo 13 de Decreto 4433 de 2004, en concordancia con lo establecido en el literal del artículo 19 de la Ley 4 de 1992, el cual indica: 

“Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritariamente el Estado. Exceptúense las siguientes asignaciones:

(…)

b. Las percibidas por el personal con asignación de retiro o pensión militar o policial de la Fuerza Pública.

(…)

Como se desprende del literal b, del citado artículo, la pensión de invalidez que devenga la señora Mayor (r) del Ejército Nacional y hoy Magistrada de la Honorable Corte Suprema de Justicia, CRISTINA EUGENIA LOMBANA VELÁZQUEZ, la cual se reconoció en virtud del régimen especial que cobija a la Fuerza Pública, no es incompatible con su desempeño profesional en el ejercicio de su empleo como funcionaria de la rama judicial.

El Ministerio de Defensa Nacional reconoció el derecho pensional teniendo en cuenta como antecedente la Junta Médico Laboral de retiro, que otorgó una pérdida de la capacidad laboral de 100%, la cual fue expedida por la Dirección de Sanidad Militar, autoridad médico legal competente en el régimen especial de las Fuerzas Militares.


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